No puede demostrarse la implicación del promotor de las obras del solar vecino
Un sábado de mayo de 2018, algunos vecinos despertaron con un ruido de motosierra y el inconfundible sonido de troncos resquebrajándose. Ambos correspondían a la tala de casi un centenar de pinos en una zona ANEI situada en la calle Vista del Mar, cerca de la bajada a la playa de Cala Falcó.
Tres años después del suceso, el único responsable de la tala de 98 pinos en un Área Natural de Especial Interés (ANEI) de Cala Falcó es el operario al que unos vecinos sorprendieron motosierra en mano. Y él es, en consecuencia, el único al que la Agència de Defensa del Territori (ADT) del Consell de Mallorca ha multado.
Durante todo este tiempo, el trabajador no ha inculpado a nadie y, por lo tanto, no ha revelado en ningún momento quién le ordenó arrasar los árboles que tapaban las vistas a la futura promoción inmobiliaria (ahora a punto de iniciarse) que iba a ejecutarse en el solar urbano situado frente a la parcela declarada ANEI en la que se levantaban los pinos aserrados.
En el transcurso de estos años, ni la ADT ni el Ajuntament de Calvià han podido demostrar con pruebas que el promotor de las mencionadas obras, que ya cuentan con licencia municipal para arrancar en breve, fuese el instigador de la tala masiva e ilegal. Entre ambas parcelas no existe, en apariencia, vinculación mercantil alguna. Así, mientras el titular de la calificada como urbana se ha visto beneficiado con la tala de los 98 pinos (vistas despejadas) llevada a cabo por un ‘operario solitario’, la empresa propietaria de la ANEI arrasada se ve, según la ley, en la obligación de restituir los árboles derribados. Sólo una vez replantados, si lo considerase oportuno, podría reclamar por la vía civil daños y perjuicios al responsable de la tala (de momento un simple operario) por los gastos que el destrozo le ha provocado.
Sin embargo, el dueño de la ANEI sigue ignorando la orden de restablecimiento de la ADT y ésta ya le ha impuesto cinco de las 12 multas coercitivas previstas por la ley vigente.
Los árboles a restituir deben ser de gran diámetro
Si una vez impuesta la duodécima multa, la empresa propietaria de la ANEIarrasada no restituye los 98 pinos talados, el Consell procederá a hacerlo y cargará el coste al titular de la parcela. La restitución contempla la retirada de los árboles caídos y la plantación de otros 98 de las mismas características.
Fuente: Última Hora